El Esequibo Zona en Reclamación "VENEZUELA"

La Guayana Esequiba, también conocida como Territorio del Esequibo o Región del Esequibo, es una región del escudo guayanés comprendida entre el oeste del río Esequibo hasta el hito en la cima del monte Roraima en Sudamérica. Tiene una extensión de 159.542 km², que la República Cooperativa de Guyana administra como propio pero cuya soberanía es reclamada por Venezuela basándose en el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966. Solamente la parte oriental de isla fluvial de Anacoco en el río Cuyuní se encuentra bajo la soberanía de Venezuela pero ha sido protestada por Guyana; para Venezuela la totalidad de la isla está fuera del área en litigio, Guyana no lo entiende así para la mitad oriental y, en consecuencia, ha sostenido que fue un acto de anexión del ejército venezolano cuando en 1966 la ocupó militarmente.




Nuestro país en la delimitación de sus fronteras a esgrimido a su favor documentos, como las llamadas Cedulas Reales, que acreditan sus derechos históricos desde tiempos coloniales. de esta manera hacia compatible documentalmente los derechos nacidos del principio denominado “Uti Posidetis Juris”, en el que convinieron todas las nuevas repúblicas sudamenricanas al terminar sus guerras de independencia; de conservar los territorios que correspondían a sus provincias respectivas bajo el dominio español.





Para el momento de constituirse la Gran Colombia (1.819), la frontera oriental de la Guayana venezolana estaba conformada por el río Esequibo. Constancia de esto fue el objeto de comunicaciones formales dirigidas al gobierno británico en 1.821 y 1.824 por los ministros plenipotenciarios Zea y Hurtado, si que el gobierno inglés haya presentado ninguna objeción al respecto.


En 1.834, el gobierno británico comisionó al distinguido naturalista Robert Hermann Schomburgk para que efectuara un reconocimiento de la zona. El descubrimiento de valiosos yacimientos de hierro y oro en la Guayana venezolana fue lo que estimuló nuevamente la apetencia británica. En 1.840 Schomburgk fue nuevamente comisionado para hacer un levantamiento del área. Sin el conocimiento de Venezuela, Schomburgk construyó hitos fronterizos y elaboró un mapa donde dibujó una línea fronteriza que ya llegaba a la desembocadura del ríoOrinoco.


Durante los años 1.857 y 1.897 los ingleses siguen avanzando la línea Schomburgk a través del territorio del Yuruari (noreste del estado Bolívar, cuenca del río Cuyuní), siendo su máxima aspiración llegar a las cercanías de Upata.


En 1.897, Venezuela y el Reino unido acuerdan someter este asunto a un tribunal arbitral. El tribunal dicta su sentencia en París en 1.899. Venezuela, debilitada y arruinada por la guerra civil, pierde más de 1,600 Km2. Después de la Segunda Guerra Mundial, nuevos hechos desconocidos anteriormente, comprueban aún más el carácter injusto del Laudo de 1.899. El gobierno democrático de Venezuela adopta una posición firme, moral y políticamente, y demuestra ante las Naciones Unidas, en 1.962 el carácter nulo del Laudo.


Asume esta posición en foros internacionales frente al gobierno británico, lo que conduce en 1.966 a la firma de un acuerdo en Ginebra, suscrito por Venezuela y el Reino Unido. Este acuerdo reconoce la existencia de la reclamación venezolana y establece los procedimientos para una solución de la controversia. El gobierno venezolano decreta la incorporación en todos los mapas del país de la zona en reclamación. En 1,970 se firma en Puerto España (Trinidad y Tobago) un Protocolo mediante el cual se suspende por doce años el funcionamiento de los mecanismos establecidos en el Acuerdo de Ginebra. En 1,982, el gobierno venezolano decide no prorrogar la vigencia del Protocolo de Puerto España y se reinician las conversaciones entre el gobierno de Venezuela y el gobierno de la República Cooperativa de Guyana. En la actualidad la controversia ha sido sometida a los (buenos oficios) del Secretario General de las Naciones Unidas, quien los ejerce a través de un representante personal. De esta modo es de esperar que se resuelva amistosamente y en forma aceptable para ambas esta controversia, mediante el logro de una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la reclamación venezolana sobre la Guayana Esequiba.
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